SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Arguyó que, entregó dos bienes inmuebles en calidad de garantía solidaría mediante una ampliación de “Escritura Pública 2.143/97 de 26 de agosto” (sic),  con lo cual, Bolivian Wire And Cable Company S.A. (CABLEBOL S.A.), accedió al crédito hipotecario que le otorgó el Banco Central de Bolivia (BCB). Sin embargo, al no cumplir con la devolución del préstamo, el BCB inició proceso ejecutivo Civil en su contra y de CABLEBOL S.A. encontrándose a la fecha en interposición de la causa en etapa de ejecución.

Indicó que, por certificación notarial se verificó que la escritura pública antes referida, no contaba con su firma, la del Notario de Fe Pública, testigos de actuación ni de los personeros del BCB; es decir, que se estaría ejecutando un documento sin valor legal ni validez jurídica. Bajo ese antecedente, interpuso incidente de nulidad en etapa de ejecución al Juez que conocía la causa, manifestando que la base de la demanda fue la escritura pública 2.143/97, y que todo el proceso ejecutivo civil fue tramitado ilegalmente. No obstante, por Auto Definitivo de 8 de noviembre de 2013, se rechazó el mismo. Apelando esa determinación, fue resuelto por las autoridades hoy demandadas quienes emitieron el Auto de Vista de 21 de abril de 2014, confirmando lo dispuesto por el Juez inferior. Con esa actuación, se vulneraron sus derechos constitucionales debido a no que no fue valorada la certificación emitida por la Notaría que tiene los custodios de la mencionada escritura pública; puesto que, su bien inmueble estaría siendo objeto de remate y que el Auto de Vista denunciado no realizó una adecuada ponderación de su derecho a la vivienda y la de sus habitantes.