SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

1)

Rolando Enrique Vargas Díaz, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, por informe escrito presentado el 9 de abril de 2015, que cursa a fs. 36 y vta., manifestó que: 1) Señaló audiencias de aplicación de medidas cautelares de los imputados Marcelo Contreras Tejada y otros, en diferentes fechas, las cuales fueron suspendidas con declaración de rebeldía, debido a que el accionante no presentó justificativos idóneos de su incomparecencia, lo que implicó que el mismo viera al instituto de la rebeldía como un círculo vicioso; indicó también que, no fue cierto y evidente que el accionante hubiere presentado escrito alguno de comparecencia ante ese órgano jurisdiccional, conforme se tiene de las notas de cargo correspondientes; asimismo, hizo mención y puso relevancia a la                    SCP 0511/2013 indicando su ratio decidendi en la cual indica que:“…Que el solo hecho de pagar costas por rebeldía y presentar un memorial no aseguran la presencia ni el sometimiento de la imputada al proceso…no siendo atribución del Tribunal Constitucional Plurinacional, disponer dejar sin efecto mandamientos de aprehensión emitidos por autoridades competentes…” (sic); y, 2) No existió vulneración a derecho o garantía constitucional alguna, menos procesamiento o persecución ilegal. Por lo que solicitó se deniegue la acción interpuesta por la parte accionante.