Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
II.2.
II.2.Por memorial presentado el 26 de marzo de 2015, el accionante, interpuso recurso de reposición contra el proveído de 16 de igual mes y año, por el cual, se ratificaba la declaratoria de rebeldía y expedición de mandamiento de aprehensión, solicitando además que, en el plazo que estipula el art. 134 del CPP y en cumplimiento de la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal de 30 de octubre de 2014 se conmine al Ministerio Público con el objeto de la remisión del requerimiento conclusivo pertinente (fs. 28 a 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- a) La comparecencia voluntaria del rebelde al proceso penal antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión.
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR