SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2015-S3

Fecha: 06-Oct-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 87/15 de 23 de marzo de 2015, cursante de fs. 434 a 441, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Ni en el memorial de la acción de amparo constitucional, el de subsanación, ni en lo expuesto en la audiencia, se pudo establecer, cuál es exactamente la omisión ilegal o el acto indebido vulnerador del debido proceso y el derecho a la defensa en que hubiera incurrido el Tribunal Agroambiental en la emisión de la Sentencia observada; ii) Al no invocarse defecto en la fundamentación y motivación en cuanto a suficiencia, congruencia y pertinencia, no se abrió la competencia de este Tribunal de garantías para su respectivo pronunciamiento; y, iii) Que si bien los accionantes transcriben párrafos enteros de la Resolución observada (Sentencia Agroambiental Nacional S1a 32/2014), la misma exposición viene en sentido de reclamar el defecto en la interpretación y aplicación de la legalidad agroambiental y de la Ley 2868; sin embargo, los accionantes no cumplieron con los requisitos que la jurisprudencia constitucional determina para la interpretación de legalidad; es decir, no establecieron vínculos de tales defectos con la vulneración de los derechos reclamados, lo que impide abrir la competencia constitucional, debiendo denegarse la tutela solicitada.