SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la libertad, seguridad personal, verdad material y debido proceso, al no haber tramitado con la debida celeridad la excepción de extinción de la acción penal presentada por sus personas; siendo que el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, suspendió en repetidas oportunidades las audiencias programadas al efecto, incurriendo en demora injustificada, ante el incumplimiento de los plazos procesales establecidos en el art. 314.II de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, mientras que el Fiscal de Materia codemandado omitió presentar la debida respuesta a la excepción planteada; ocasionándoles retardación de justicia y estado de indefensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
- III.2.
- CONFIRMAR