SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
Fragmento 4
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17 de 20 de marzo de 2015, cursante de fs. 30 a 32 vta., declaró “procedente” la acción de cumplimiento, ordenado que los Jueces del Tribunal Octavo de Sentencia Penal, en el plazo de tres días, resuelvan la excepción como señala el art. 315 del CPP, con los siguientes fundamentos: 1) Dado que la última solicitud del accionante fue efectuada el 20 de enero de 2015, y que las autoridades demandas se pronunciaron el 21 de igual mes y año, habiéndose interpuesto la presente acción el 9 de marzo del citado año, la misma se encuentra dentro del plazo de seis meses. Asimismo el accionante acreditó haber efectuado el pedido ante las autoridades demandas, reiterando su solicitud en tres ocasiones, luego de haberse practicado las notificaciones a los acusadores; y, 2) La excepción de extinción de la acción penal fue presentada el 1 de abril de 2014; luego de que las autoridades demandadas reasumieran competencia el 14 de julio de 2014, mediante decreto de 22 del mismo mes y año, dispusieron que se tramite la excepción, y el 24 de julio del referido año se notificó a la Defensoría de la Niñez, al Ministerio Público y al imputado; los acusadores contestaron a la excepción mediante escrito, por lo que desde el 31 de julio de 2014, ya se cumplió el plazo de tres días para la emisión de la resolución respectiva, la cual no fue emitida, pese a los pedidos y reclamos reiterados sobre el cumplimiento del art. 315 del CPP.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Incumplimiento de deberes procesales, directamente vinculados a un proceso jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo