SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 1 de abril de 2014, presentó memorial ante el Tribunal Octavo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, solicitando la extinción de la acción penal que se le sigue, por el vencimiento del plazo máximo de duración del proceso; petición que reiteró mediante escritos presentados el 22 de julio, 24 de octubre y 24 de noviembre todos de 2014, y una última el 20 de enero de 2015; no obstante esas reiteradas solicitudes, dicho Tribunal, incumpliendo sus funciones, no se ha pronunciado, ya sea aceptando o rechazando su pedido.
Las autoridades demandas no cumplieron los plazos previstos en los art. 314 y 315 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurriendo en incumplimiento de sus funciones, cometiendo de esta manera retardación de justicia e incumpliendo los principios que sustentan al órgano judicial y los derechos al debido proceso y petición.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Incumplimiento de deberes procesales, directamente vinculados a un proceso jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo