SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2015-S1

Fecha: 19-Oct-2015

II.2.

II.2.  El 18 del mismo mes y año, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, rechazó “in límine” la recusación presentada por el impetrante de tutela con el argumento de que si bien se presentó la carátula de demanda de daños y perjuicios interpuesta contra el mencionado Juez y otras autoridades jurisdiccionales, mientras no sea notificado de manera legal, no puede considerarse como demandado dentro de ese proceso; por lo tanto correspondía desestimar el argumento presentado por el imputado (fs. 4 a 5 vta.).