Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2015-S1
Fecha: 19-Oct-2015
II.1.
II.1. La parte accionante, el 26 de marzo de 2015, presentó memorial ante la Directora del SEDES de Tarija, impugnando las convocatorias 01/2015 y 02/2015, solicitando la nulidad de las mismas por contener falencias que contravienen a la Constitución, las Leyes y Reglamentos y al haber sido publicadas el 13 y 17 de marzo de 2015, por dos oportunidades en distintos medios de comunicación escrito de la ciudad de Tarija (fs. 1 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el hecho superado y su diseño jurisprudencial
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR