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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2015-S3

    Fecha: 12-Oct-2015

    III.

    El accionante denuncia que las autoridades jurisdiccionales demandadas, vulneraron su derecho a la libertad, en razón a que el recurso de apelación presentada contra la Resolución 02/2015, no fue remitida para revisión ante el superior en grado dentro de las veinticuatro horas establecidas por el art. 251 del CPP.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1
    • III.
    • por ende todo administrador de justicia en ejercicio de sus funciones, se encuentra constreñido a observar los indicados principio, evitando dilaciones indebidas o innecesarias que sólo generen perjuicio al derecho a la vida o la libertad de los procesados
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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