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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S3

    Fecha: 12-Oct-2015

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente del derecho a la defensa e igualdad de partes, principio de legalidad de las actuaciones y deber de motivación, citando al efecto los arts. 13, 21.7, 23, 109, 113, 115, 116 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • III.
    • III.1.  La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
    • cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad
    • el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • 1)
    • REVOCAR

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