SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2015-S2
Fecha: 15-Oct-2015
denegó
El Juez de Sentencia de Riberalta del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2015 de 7 de abril de 2015, cursante de fs. 57 a 62 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) El accionante contra la Resolución que impugna a través de esta acción de defensa interpuso recurso de apelación, que se encuentra pendiente de resolución; es decir, paralelamente activó la jurisdicción ordinaria y la constitucional, para que conozcan un mismo asunto, lo que crearía una disfunción procesal y que inviabiliza la presente acción tutelar no permitiendo ingresar al análisis de la problemática planteada; y, b) La apelación interpuesta no tiene carácter suspensivo; por lo cual, durante su tramitación la investigación debe seguir su curso, teniendo el juez cautelar competencia para pronunciar las resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones sobre medidas cautelares aplicadas contra los imputados (SC 0848/2006-R de 29 de agosto).