Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de su representante, denuncian que la autoridad jurisdiccional demandada, vulneró sus derechos a la libertad, a la defensa material y al debido proceso, en razón a que el recurso de apelación presentado contra la Resolución 084/2015 de 4 de mayo, no fue remitido para revisión ante el superior en grado dentro las veinticuatro horas establecidas por el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por ende todo administrador de justicia en ejercicio de sus funciones, se encuentra constreñido a observar los indicados principio, evitando dilaciones indebidas o innecesarias que sólo generen perjuicio al derecho a la vida o la libertad de los procesados
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR