AUTO CONSTITUCIONAL 0296/2015-RCA
Fecha: 05-Nov-2015
primer punto
Ahora bien, de la revisión del memorial de subsanación presentado por la accionante, cursante de fs. 22 a 23, se advirtió que, con relación al primer punto, dicha exigencia fue cumplida, conforme solicitó expresamente el Tribunal de garantías; toda vez que, adjuntó los actuados pertinentes referidos al proceso disciplinario correspondiente; en cuanto al segundo punto, precisó la forma en la que presuntamente se habrían vulnerado sus derechos alegados en la presente acción de defensa; respecto al tercer punto, detalló a los terceros interesados. Finalmente, con relación al cuarto y último punto, expresó su petición, congruente con los hechos expuestos en su demanda, conforme previene el art. 33.8 del CPCo, tomando en cuenta que esta Comisión de Admisión debe limitar su análisis a examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
La Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, una vez presentada la acción tutelar, realizó observaciones de forma a la demanda, otorgando el plazo de tres días para subsanar las mismas, al amparo del art. 30.I.1 del CPCo; sin embargo, en su Resolución 68/2015, al momento de declarar la improcedencia de esta acción de defensa, efectuó apreciaciones que tienen que ver con cuestiones de fondo dentro de la presente causa, las mismas que corresponden ser analizadas en audiencia pública de consideración de esta acción constitucional; asimismo, identificó la existencia de actos consentidos, previsto en el art. 53.2 del citado Código, como una de las causales de improcedencia o inactivación de la acción de amparo constitucional, cuando más bien en esta instancia debió limitarse a verificar si la parte accionante dio o no cumplimiento a las observaciones descritas anteriormente, conforme se tiene reflejado en la línea jurisprudencial desarrollada en el Fundamento Jurídico II.3 del presente Auto Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- 1)
- improcedente
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Sobre el trámite procesal de la acción de amparo constitucional ante los jueces y tribunales de garantías
- II.4. Análisis del caso concreto
- primer punto