AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2015-RCA

Fecha: 05-Nov-2015

improcedencia

La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 281/15 de 1 de agosto de 2015, cursante a fs. 23 y vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional fundamentando que, el acto acusado de vulneratorio de derechos y garantías constitucionales es el proveído de 16 de febrero de 2015, pronunciado por la Fiscal Departamental de La Paz, conforme se tiene de los antecedentes arrimados y de lo manifestado por el propio accionante, el cual  contra dicho fallo no activo recurso alguno, ya sea judicial o administrativo a los efectos de modificar la determinación que ahora califica de lesiva a sus derechos y garantías constitucionales, incurriendo en la causal de improcedencia contenida en el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo).