Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0299/2015-RCA
Fecha: 05-Nov-2015
I.
El accionante, alegó que, contrariamente a lo afirmado, cumplió a cabalidad lo extrañado por el Tribunal de garantías, pues expuso de manera clara y sencilla que en su calidad de funcionario de COTEL Ltda., fue despedido injustamente, aspecto que lesiona sus derechos constitucionales, por lo que solicitó a través de la presente acción, se disponga su reincorporación, al amparo de lo previsto por los Decretos Supremos 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral
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