AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2015-RCA

Fecha: 09-Nov-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

La parte accionante refirió que, el Ministerio de Defensa, debió cumplir con el pago de su salario a sola muestra de su libreta de servicio militar, conforme lo señalado en el art. 118 de la LOFA, teniendo en cuenta que se trata de una persona de la tercera edad, protegido por la Constitución Política del Estado, en sus arts. 67, 68 y 69, tomando en cuenta que sirvió a la patria en la guerra civil del año 1949, y no entiende que se le pida acudir al Ministerio de Defensa para tramitar un proceso administrativo, si el mismo Ministro conoce el caso en plenitud y mereció el rechazo.