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    AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2015-RCA

    Fecha: 24-Nov-2015

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia”
    • I.
    • Fragmento 6
    • Fragmento 7
    • al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la
    • Fragmento 9
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