Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0406/2015-CA
Fecha: 09-Nov-2015
Fragmento 4
Por Resolución TSE/RSP/L701 058/2015 de 31 de agosto, cursante de fs. 1 a 2, pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) “Que de acuerdo al Auto Constitucional N° 0585/2012-CA, existen aspectos que de manera ineludible deben ser considerados para formular el incidente de inconstitucionalidad; ‘el primero se refiere a que debe existir un proceso administrativo o judicial instaurado dentro del que se pueda promover la acción´.
- Sala Plena del
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- PROCESO DE REVOCATORIA DE MANDATO DE UNA AUTORIDAD INDÍGENA
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto