Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0412/2015-CA
Fecha: 16-Nov-2015
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
El accionante demandó la inconstitucionalidad de los arts. 534.I y II en la frase: “ ..a falta de valuación…”(sic), y 542.I “ con la expresión: “…con la rebaja del veinticinco porciento del valor de la base” y II, ambos del Código de Procedimiento Civil (CPC), por ser presuntamente contrarios a los arts. 7 inc. j) y 22 de la CPEabrg.; 8.II y 56 de la Norma Suprema vigente; 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.