Daniel Rolando Copa Roque
En consulta la Resolución 70/2015 de 4 de febrero, cursante de fs. 54 a 56, pronunciada por Daniel Rolando Copa Roque Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, por la que declaró “Sin lugar y por no promovida” (sic) la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Carlos Eduardo Bellot Siles, demandando la inconstitucionalidad del art. 224 del Código Penal (CP), por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II; 14.I.II.III, 117.III, 22 y 23.I y III, de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Daniel Rolando Copa Roque
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazada
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- La resolución de rechazo, se elevará en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional, de oficio, en el plazo de veinticuatro horas
- RATIFICAR
