SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante contratos indefinidos ingresaron a trabajar a la empresa Industrias Lujan S.R.L., como operadoras de máquina de soplado e inyectoras de plástico, cumpliendo su jornada laboral en turnos de forma normal y continua, hasta el 18 de septiembre de 2014, fecha en la cual su empleador Ronny Alfredo Lujan Navarro, en forma intempestiva sin causa justificada las despidió, impidiéndoles el ingreso a su fuente laboral pese a la conminatoria de reincorporación MTEPS/JDTCBBA 72/2014 de 9 de octubre de 2014, emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba; sin embargo, el empleador en franca violación a la Norma Fundamental y desobediencia a resoluciones administrativas no dio cumplimiento a la señalada determinación, aspecto que se demuestra con el Informe MTEPS/JDTCBBA/INF 1322/14 de 18 de octubre de 2014; y estando agotados los trámites en sede administrativa, no existiendo otro recurso acudieron a la instancia constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- III.2. Análisis del caso concreto
- en materia laboral conforme al Decreto Supremo (DS) 28699 normativa que goza de presunción de constitucionalidad (SCP 0138/2012)
- REVOCAR en parte