SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

III.1.  El derecho a la inamovilidad laboral invocado por el accionante y su relación con respecto a los contratos a plazo fijo

El art. 48.VI de la CPE, refiere: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”.