Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1058/2015-S1
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció que la autoridad demandada lesionó su derecho al debido proceso, por no haber atendido sus solicitudes y objeciones presentadas en torno a la celebración de la audiencia de inspección ocular, la elaboración de un peritaje de planimetría y la producción del informé técnico circunstanciado de los hechos acaecidos el 6 de junio de 2014, en el cual producto del choque entre una movilidad y una motocicleta, se tuvo el saldo fatal de un fallecido y se le instauró un proceso penal, por la presunta comisión de los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito y omisión de socorro.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- 2.
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR