Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
Fragmento 14
De la problemática expuesta, se tiene que la accionante interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia condenatoria pronunciada en su contra en primera instancia (Conclusión II.1.), la cual luego de los correspondientes traslados y otros trámites, radicó en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, y siendo sorteada al Vocal Relator el 29 de julio de 2014 -fecha a partir de la cual la norma procesal asigna un plazo de veinte días para emitir Resolución- la misma no fue pronunciada hasta la interposición de esta acción tutelar (20 de abril de 2015).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- eficacia
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR