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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2015-S3

    Fecha: 05-Nov-2015

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    • acción de libertad
    • I.1. Contenido de la demanda
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada y consolidada
    • las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • 1)
    • CONFIRMAR

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