Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
II.3.
II.3. Mediante Auto de 13 de junio de 2014, el Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, dispuso la radicatoria de la causa en el “Alto Estrado Judicial Militar” (sic); por el cual en mérito a los antecedentes cursantes en el sumario informativo militar con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron la presunta comisión de los delitos de rebelión, sedición, estado de sedición y motín, existiendo suficientes indicios de culpabilidad del hoy accionante y otros (fs. 22 y vta.).
- acción de libertad
- POR HABER COMETIDO DESACATO A LA AUTORIDAD MILITAR EN FORMA REBELDE, PÚBLICA Y EVIDENTE
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR