Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2015-S2
Fecha: 06-Nov-2015
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 24 de abril de 2015, José Luís Moreira Baptista, hoy accionante, solicitó audiencia de suspensión condicional de la pena, el cual mereció la providencia de 11 de mayo de 2015 que dispuso el señalamiento de la referida audiencia para el 18 de mayo de 2015 (fs. 15 a 17).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 7
- si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias
- Fragmento 9
- III.2. Los principios de celeridad en la administración de justicia
- Fragmento 11
- III.3. La solicitud de suspensión condicional de la pena, debe ser tramitada con la debida celeridad procesal
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo