Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1133/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.2.
II.2. Cursan Resoluciones Administrativas (RRAA) DDE-PAN/TAD/ 004/15 de 20 de febrero de 2015 (fs. 217 a 222) como la RA DDE-PAN/TAD/ 007/15 de 17 de marzo de 2015 (fs. 227 a 230); y, la RA 145/15 de 30 de marzo de 2015 (fs. 235 a 241), en las que se evidenció en todas que solo la última foja es la que se encuentra legalizada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información, de donde podemos concluir que la negativa a la solicitud oral o escrita -sea requiriendo copias, informes, certificaciones u otros análogos-, constituye un límite del libre acceso a la información.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR