Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 8 de mayo de 2015, presentó memorial de solicitud de incidente de nulidad de imputación formal ante la autoridad demandada, amparado en lo que previenen los arts. 130, 314 y 315 del Código de Procedimiento Penal (CPP); pedido que fue ratificado en reiteradas oportunidades; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de amparo constitucional, no se dio respuesta a su solicitud, por lo que la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz, con esa omisión, vulneró sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la petición
- 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición’.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR