Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2015-S2
Fecha: 16-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso y a una justicia pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, aduciendo encontrarse por más de diez meses privada de su libertad, sin poder ser escuchada por las autoridades; toda vez que, realizada la audiencia de consideración de su solicitud de cesación a la detención preventiva el 15 de enero de 2015, la misma no fue remitida al Tribunal Décimo Primero de Sentencia Penal, lo que imposibilita la reconsideración de la referida medida, perjudicándola de sobremanera porque no puede tener acceso a su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad y la acción de libertad de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR en todo