Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.2.3. Intervención del tercero interesado
COFADENA a través de sus representantes legales Reynaldo Aguilar Loza y Jaime Oscar Herbas Díaz, en audiencia, negó que hubiera personal militar en el momento de la ejecución del mandamiento de allanamiento; asimismo, afirmó que cuenta con todos los documentos que avalan su derecho propietario sobre el inmueble allanado; y finalmente, reiteró los argumentos de las autoridades ahora demandadas relativos a la subsidiariedad de la presente acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.2. Análisis de caso concreto
- CONFIRMAR