SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1170/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de peculado y otros, solicitó la cesación de su detención preventiva, amparado en el art. 239.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP), siendo rechazado por el Juez ahora demandado, aduciendo que el referido artículo, establecía la improcedencia de la cesación en el caso de delitos de corrupción, sin tener presente que la última parte de éste, obliga al solicitante a demostrar que no fue el causante de la dilación, lo que en su caso cumplió a través de las certificaciones presentadas al efecto.
Así, apelado dicho decisorio, fue resuelto por voto dividido de los Vocales de la Sala Penal Segunda codemandados, mediante Auto de Vista 84/2015 de 27 de abril, que no obstante serle favorable, observa la anulación de la Resolución del Juez a quo y la disposición de que esta autoridad emita un nuevo fallo, en sujeción a las omisiones expuestas. Entonces, si bien los Vocales codemandados resolvieron en su beneficio; empero, lesionaron los principios de celeridad y justicia pronta, a cuya consecuencia fue afectado su derecho a la libertad, al remitir al inferior su decisión, cuando lo correcto -de acuerdo al procedimiento ante una apelación incidental-, era que ellos mismos se pronuncien sobre el fondo del asunto y dispongan en su caso la aplicación de medidas sustitutivas, pues en cumplimiento de la jurisprudencia constitucional, al juez de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que lo llevaron a determinar, modificar o rechazar una medida cautelar, y si así lo hizo fue de manera insuficiente, pues tratándose del derecho a la libertad, deberá resolver directamente el caso remitido en apelación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el procesamiento indebido en la acción de libertad
- III.2. Atribuciones específicas del tribunal de alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR