SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1173/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1173/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

13 de abril de 2012

Según informan los datos del proceso se tiene que, mediante Resolución de 13 de abril de 2012, el Juez Cuarto de Partido Civil y Comercial del departamento de Cochabamba declaró improbada la excepción sobreviniente de prescripción interpuesta por Miguel Guzmán Montaño, disponiendo el pago de honorarios profesionales a favor del ahora accionante; por Auto de 20 de junio de 2012, el Juez señalado concedió en efecto suspensivo la apelación del demandado contra los Autos de 28 de septiembre de 2009 y 13 de abril de 2012, pero mediante Auto de Vista de 16 de mayo de 2014, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba anuló el referido Auto de 20 de junio de 2012, disponiendo que el Juez a quo conceda la apelación en defecto devolutivo.

Posteriormente, el ahora accionante solicitó la ejecutoria del Auto de 13 de abril de 2012 y por Auto de 11 de septiembre de 2014, el Juez Cuarto de Partido Civil y Comercial aludido supra, señaló que conforme al informe o nota de la auxiliar del juzgado, el apelante proveyó los recaudos de ley dentro del plazo legal, por lo que no corresponde declarar la ejecutoria solicitada por el ahora accionante.