Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
I.2.2. Informe de las personas demandadas
Oscar Esteban Jaure Navaja Director y Administrador de la Clínica de Emergencias "Cardenal Maurer" del departamento de Santa Cruz, mediante su abogado manifestó en audiencia que se suscribió documento de reconocimiento de deuda con el paciente –ahora demandado– y los representantes de la Clínica, haciendo notar que el paciente fue dado de alta a solicitud de la familia del mismo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- improcedente
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la libertad y la dignidad de las personas
- III.3. De la retención de pacientes a efectos de garantizar el pago de servicios de atención médica y honorarios profesionales
- III.4. Activación de la acción de libertad en los casos en que se denuncie retención ilegal por parte de los centros hospitalarios
- III.5. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad
- 1)
- 2)
- III.5.1. La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR