Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
III.5. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad
La Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional no establecen una regla procesal explícita respecto al retiro o desistimiento de la acción de libertad, regla que fue construida jurisprudencialmente por el Tribunal Constitucional anterior y modulada por el Tribunal Constitucional transitorio, respecto a la oportunidad procesal para retirar o desistir dicha acción tutelar, que corresponde glosar a efectos de establecer la línea jurisprudencial desde y conforme a la Ley Fundamental.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- improcedente
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la libertad y la dignidad de las personas
- III.3. De la retención de pacientes a efectos de garantizar el pago de servicios de atención médica y honorarios profesionales
- III.4. Activación de la acción de libertad en los casos en que se denuncie retención ilegal por parte de los centros hospitalarios
- III.5. Sobre la oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad
- 1)
- 2)
- III.5.1. La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR