Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
II.3.
II.3. Contra el Auto de rechazo, Carmen Edelmy Justiniano Rocha, interpuso recurso de apelación incidental; instancia en la cual, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 219 de 31 de octubre de 2014, por el que declaró admisible y procedente el recurso, y deliberando en el fondo revocó el Auto Interlocutorio apelado y admitió la excepción de incompetencia en razón a la materia, argumentando que los hechos denunciados y querellados aparentemente no constituyen delitos ya que se trata de obligaciones de carácter civil-comercial, y que las divergencias deberán ser resueltas en esa jurisdicción (fs. 296 a 298; 3 a 6 vta.).