SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
subsidiariedad e inmediatez
A ello debe agregarse que, como se tiene señalado en el primer fundamento de este análisis, la seguridad social es un instrumento de justicia social y en ese entendido, debe prevalecer el derecho sustantivo a las formalidades, para hacer efectivos los valores, principios y fines del Estado. En este sentido, se debe buscar la justicia material que ha sido desarrollada por este Tribunal en diferentes Sentencias, haciendo excepciones, inclusive a los principios de subsidiariedad e inmediatez.
En síntesis, al constituir la pensión de jubilación de la seguridad social, una prestación económica que consiste en una renta vitalicia, única e imprescriptible que se concede al trabajador, cuando a causa de su avanzada edad, previo cumplimiento de los requisitos legales, cesa en su trabajo; el Estado debe asegurar el acceso a dicho derecho con la mayor celeridad posible, porque constituye un derecho inherente a la persona humana, a partir del cual, emerge el goce de otros derechos fundamentales, como ser la dignidad, salud, alimentación, vivienda, vestido, etc. Aspecto que obliga a todo servidor público a otorgar un trato especial y sumario a todas las solicitudes y trámites, vinculados con el derecho a la jubilación, y con mayor razón, corresponde a la jurisdicción constitucional atender dichos requerimientos sin la previa exigencia de requisitos formales que prevalezcan al derecho sustancial” (las negrillas nos corresponden).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad
- excepción a la regla de la subsidiariedad
- Dicha excepción debe ser aplicada a los supuestos en que se alegue lesión al derecho a la seguridad social y concretamente al derecho a la jubilación, debido a la vinculación que tienen los mismos con otros derechos fundamentales, como la vida, la salud física y psicológica y la dignidad, de los cuáles son la base y fundamento
- subsidiariedad e inmediatez
- III.2. Derecho a la seguridad social
- Fragmento 13
- constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento
- El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están expuestos, tiene la obligación de dar prioridad a la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los adultos mayores
- la plena efectividad de los derechos por él reconocidos’
- respeten los derechos adquiridos
- inembargables e imprescriptibles
- Fragmento 19
- III.4. El principio de continuidad de los medios de subsistencia o principio de continuidad entre la percepción del salario y la renta de vejez
- previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
- a partir de la fecha del retiro del trabajador
- Fragmento 23
- fecha de la solicitud el día de la presentación del o de los documentos que falten
- III.5. Análisis del caso concreto
- mes de octubre de 2013
- el inicio de pago es a partir del mes siguiente al de la presentación, por parte del asegurado, de la solicitud con todos los documentos que la justifiquen
- concedido
- 2º Disponer