SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Dina Larrea López, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, presentó informe, que cursa a fs. 15, señalando lo siguiente: Se emitió la sentencia condenatoria contra Jhonny Mamani y/o Giovani Qelali Mamani, de los memoriales presentados por su abogado, no pudo determinarse con exactitud el nombre de este sentenciado; siendo que debe quedar constancia de dicha condena en REJAP. Por este motivo, no se presentó documentación pertinente ante el Juzgado de Ejecución de Sentencia. Se adjuntó el mandamiento de condena de Giovani Qelali Mamani que se encuentra sellada por el centro de Rehabilitación de Qalahuma. Finalmente referiré que se arrimó el informe del Secretario del Juzgado, donde consta que el sentenciado recién presentó su cédula de identidad para la tramitación ante REJAP y el juez de ejecución de sentencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ¿De acuerdo a la Constitución Política del Estado, se debe o no conceder la tutelar, por medio de la acción de libertad; cuando el Juez de Instrucción en lo Penal de la causa, omite remitir copias principales de un proceso penal, fenecido con sentencia condenatoria, en aplicación del procedimiento abreviado, establecido por el Código de Procedimiento Penal, ante el Juez de Ejecución; y perjudicando de esta manera recuperar la libertad del condenado Penal?
- 1)
- III.2. La protección constitucional del ejercicio de derechos fundamentales.
- III.2. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantías constitucionales.
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR,