SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1250/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1250/2015-S2

Fecha: 12-Nov-2015

III.

La parte accionante denuncia violación de sus derechos a la tutela judicial efectiva, y al debido proceso; toda vez que, habiéndose instaurado proceso ejecutivo para el cobro de facturas impagas, al existir obligaciones pendientes emergentes del suministro de energía eléctrica, las mismas que constituyen título hábil, además de constituirse en una obligación líquida y exigible, el Juez de la causa, en primera instancia declaró probada la demanda e improbadas las excepciones opuestas por la entidad ejecutada, apelada la misma, los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz pronunciaron el Auto de Vista S-378/14, anulando obrados y debiendo la entidad ejecutante acudir a la vía procesal idónea para el cobro de sus adeudos, no obstante que los convenios de suministro de energía eléctrica, así como la Ley de Electricidad establecen que la vía idónea para ejercitar el cobro de las facturas impagas corresponde a la vía ejecutiva.