SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015

Fecha: 13-Nov-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Nancy Bustillos de Altuzarra, Carlos Blanco Quisbert y Joaquín Moller, Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia del departamento de Santa Cruz, a través de informe escrito cursante a fs. 25, argumentaron que, en efecto conocieron la solicitud de cesación a la detención preventiva, que no fue concedida al ahora accionante, en esa virtud, no anunció el uso de impugnación, pero sí presentó recurso de apelación incidental el 1 de junio de 2015 a horas 9:25, providenciado al día siguiente disponiendo la notificación de la parte adversa, que fue cumplida el 17 de junio de igual año, tanto a la Defensoría de la Niñez como a la Fiscalía, último de los cuales respondió el 19 de junio de dicho año, con esa respuesta se ordenó la remisión de fotocopias legalizadas de los antecedentes al tribunal de alzada, pese a que por parte del interesado no existió gestión de recursos, ni recaudos respectivos.