Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1278/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.4.
II.4. Saúl Osvaldo Pinto Taborga, mediante memorial de 22 de mayo de 2015, solicitó a los miembros del Tribunal de Sentencia de Puerto Suárez, que mediante oficio dirigido al Gobernador de la cárcel de Palmasola de Santa Cruz, dispongan se le entreguen fotocopias debidamente legalizadas de su file que se encuentra en archivos del Régimen Penitenciario, pedido que lo efectuó al amparo del art. 24 de la CPE (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- la potestad de impartir justicia
- celeridad
- Fragmento 14
- despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas; exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR