Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.1.
II.1. Mediante Auto de Vista 95/2015 los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, admitieron la apelación formulada por Mario Condori Gonzáles; y, en consecuencia, confirmaron la Resolución 97/2015 dictada por la autoridad hoy demandada, que ordenó la detención preventiva del nombrado imputado, estableciendo la no concurrencia del numeral 1) del art. 234 del CPP; la concurrencia parcial del numeral 2) del mismo artículo; la no concurrencia del numeral 1) del art. 235; la concurrencia parcial del numeral 2) del indicado artículo; y, la no concurrencia del numeral 3) del art. 235 del Código Adjetivo Penal (fs. 3 a 5).