Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0326/2015-RCA
Fecha: 03-Dic-2015
a)
Solicita se admita la presente acción, se conceda la tutela solicitada y se ordene: a) La inmediata restitución de su derecho a la petición; b) El reconocimiento de sus méritos académicos por el Director Académico de la UMSS; Edwin Vargas Ponce, por los mismos medios que a los demás estudiantes, sea en el día; c) Pago de costas; y, d) Se condene a los demandados con el pago de daños y perjuicios ocasionados a su imagen como uno de los estudiantes más destacados de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMSS.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.4. Resolución del
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR