Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2015-RCA
Fecha: 03-Dic-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante denunció la lesión de sus derechos al trabajo, a una remuneración justa y al debido proceso y los principios a la legalidad y acceso a la jurisdicción, citando al efecto los arts. 45, 46, 48, 49, 115.II, 116 y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); art. 10 de la Declaración Universal de Derechos humanos y art. 8.1 y 2 de la Convención Americana Sobre Derechos humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial
- 1.