AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2015-CA
Fecha: 29-Dic-2015
aceptó”
Por Resolución 027/2015 de 16 de noviembre, cursante de fs. 89 a 91, pronunciada por el Tribunal Disciplinario de la Policía Boliviana de Santa Cruz, “aceptó” la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando el punto segundo de la parte resolutiva, lo siguiente: “Aceptar la solicitud para promover la Acción de Inconstitucionalidad Concreta presentada por el servidor público policial POL. Félix Huanca Choque ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad al Art. 80 Parr. III (Procedimiento ante la autoridad judicial o administrativa) y Art. 82 (Prosecución del Trámite) del Código Procesal Constitucional, estándose presentes a la Resolución del mismo” (sic).
- Tribunal Disciplinario de la Policía Boliviana de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- aceptó”
- Fragmento 5
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- “ En definitiva, la acción de inconstitucionalidad concreta, no puede ser activada para cuestionar la constitucionalidad de instrumentos administrativos, que son emitidos para la resolución de casos particulares, que no gozan de las características de abstracción, generalidad y obligatoriedad
- REVOCAR