Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2015-CA
Fecha: 29-Dic-2015
Fragmento 5
Se demanda la inconstitucionalidad del memorando circular fax 06/2012, emitido por el Fiscal General Policial, que declara expresamente en suspenso los plazos procesales establecidos en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, por ser presuntamente contrario a los arts. 12.I, 115.II, 122, 158.I.3 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Tribunal Disciplinario de la Policía Boliviana de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- aceptó”
- Fragmento 5
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- “ En definitiva, la acción de inconstitucionalidad concreta, no puede ser activada para cuestionar la constitucionalidad de instrumentos administrativos, que son emitidos para la resolución de casos particulares, que no gozan de las características de abstracción, generalidad y obligatoriedad
- REVOCAR