Declaración Constitucional Plurinacional 0208/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Declaración Constitucional Plurinacional 0208/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“y reconoce la primacía”,

En mérito a los fundamentos expuestos y en respeto a la jurisprudencia citada precedentemente, se aclara que no corresponde a la entidad territorial autónoma (ETA) a través de la carta orgánica, realizar un reconocimiento a la primacía constitucional; por consiguiente, la frase “y reconoce la primacía”, debió ser declarada incompatible, con la Norma Suprema, al ser contraria al mandato establecido en el art. 410 de dicha Ley Fundamental.