Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado, no comparte la decisión adoptada en la SCP 1303/2015-S-1 de 28 de diciembre, que denegó la tutela impetrada por el accionante sin haber ingresado al análisis de fondo, motivo por el que se emite el presente voto disidente expo
Fecha: 28-Dic-2015
Fragmento 11
Posteriormente, Ricardo Condori Machicado y Hernán Espinoza Herrera, Fiscales de Materia de Sustancias Controladas, mediante Memorial de 11 de agosto de 2015, presentaron ante la misma Jueza, la Resolución de Acusación Fiscal 19/2015, contra el accionante y otro, por el delito de tráfico de sustancias controladas (fs.21 a 24 vta.).
- I. ANTECEDENTES
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL VOTO
- II.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- II.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- II.2.1. De la acción de libertad
- II.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- II.3. Del procesamiento indebido
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios
- la jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales
- II.5. Respecto al plazo para remitir la acusación fiscal al juez o tribunal de sentencia
- Fragmento 11
- Fragmento 12