Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1211/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentran cumpliendo detención preventiva en el recinto penitenciario de Quime, en razón a ello, conforme a ley solicitaron mediante oficios documentación para tramitar el indulto cumpliendo todos los requisitos; sin embargo, la Jueza de Ejecución Penal del departamento de La Paz -hoy demandada-, retuvo dicha documentación sin motivo alguno, vulnerando así su derecho a la libertad, pues se demuestra que existió dilación en la entrega de lo requerido por más de un mes.
- Lupe Rocío Zabala Huanca
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- Fragmento 9
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- CONFIRMAR